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De la placa en la puerta al primer resultado de Google

De la placa en la puerta a Google: cómo ha cambiado, y qué sigue prohibido al anunciarse como abogado.

Hasta el año 2001, un abogado español solo podía anunciarse de dos formas: una placa en la fachada del edificio y las tarjetas que repartía en mano. Cualquier otra forma de publicidad estaba prohibida por la normativa colegial, heredera de una época en la que anunciarse se consideraba un acto indigno, casi de competencia desleal hacia el resto de la profesión, según recoge un análisis publicado por la propia Abogacía Española. Veinticinco años después, la inmensa mayoría de quienes buscan abogado lo hacen, antes que nada, en un buscador.

Ese cambio no ha sido solo tecnológico. Ha sido también normativo y cultural, y conviene entender los tres planos a la vez para no caer en la trampa de pensar que tener web es lo mismo que tener presencia digital.

Lo que sigue prohibido, y lo que ya no

El Estatuto General de la Abogacía y el Código Deontológico permiten hoy la publicidad libre, pero dentro de límites bastante más concretos de lo que cualquier despacho asume. No se puede incitar al pleito o al conflicto, no se puede ofrecer servicios dirigidos específicamente a víctimas de accidentes o desgracias, y no se puede prometer la obtención de un resultado determinado, según recuerda el mismo análisis de Abogacía Española. Son límites que tienen sentido cuando se piensa en quién está al otro lado de la pantalla: alguien que, en una proporción nada pequeña de los casos, busca ayuda legal precisamente porque está pasando por un mal momento. Confundir marketing agresivo con captación de clientes, en este sector, no es solo un riesgo de imagen. Puede ser una infracción deontológica.

Dentro de ese marco, sin embargo, queda muchísimo margen, y es ahí donde se libra la partida real.

No todas las especialidades se buscan igual

Uno de los hallazgos que más se repite entre quienes analizan el comportamiento de búsqueda de clientes jurídicos es que la presencia digital no funciona igual para todas las áreas del Derecho. Un informe sectorial elaborado por Evolex, agencia especializada en marketing para despachos, describe con detalle esas diferencias: quien busca un abogado penalista suele estar bajo presión y decide en minutos, por lo que lo que más pesa es la inmediatez del contacto y la sensación de solvencia, no la cantidad de contenido disponible. Quien busca un abogado de familia o sucesiones, en cambio, suele llegar con más tiempo y más necesidad de comprender el terreno antes de decidir, lo que favorece contenidos de referencia que el usuario lee con calma y vuelve a consultar. Y quien busca asesoría para una empresa decide por criterio acumulado a lo largo de varias visitas, no en una sola sesión, lo que convierte la consistencia editorial en un activo más importante que cualquier anuncio puntual.

Esa diferenciación importa porque buena parte de los despachos sigue tratando su presencia digital como un bloque único: una web, unos servicios listados, un teléfono de contacto. Tratar igual una búsqueda urgente de derecho penal y una búsqueda reflexiva de derecho mercantil es, en la práctica, perder oportunidades en ambos extremos.

Las reseñas, otra vez, pero con matices propios del sector

La reputación online vuelve a aparecer, inevitablemente, en cualquier análisis serio de presencia digital jurídica. Más del 85% de los usuarios confía en las opiniones de otros usuarios casi tanto como en una recomendación personal, según recoge un análisis sobre gestión de reputación para despachos. Pero gestionar reseñas en el sector legal tiene una particularidad que no existe, por ejemplo, en un restaurante o una tienda online: el secreto profesional. Pedir una valoración pública a un cliente que ha pasado por un proceso penal, un divorcio conflictivo o una situación de insolvencia exige un cuidado que va mucho más allá de enviar un correo automático de agradecimiento. La reputación, en este sector, no se construye solo acumulando estrellas. Se construye sin comprometer, en el proceso, la confidencialidad que sostiene toda la relación con el cliente.

Lo que de verdad distingue una buena presencia digital

Si hay un denominador común entre las fuentes que analizan este terreno, es que la presencia digital de un despacho deja de ser efectiva en el momento en que se convierte en un fin en sí mismo. No se trata de estar en internet, que ya lo está casi cualquiera. Se trata de que quien llegue a esa web, a esa ficha de Google o a ese perfil de LinkedIn encuentre, en los primeros segundos, una señal coherente de que ese despacho concreto entiende su problema concreto. Eso no se resuelve con más volumen de contenido ni con un diseño más vistoso. Se resuelve entendiendo, antes que nada, qué necesita ver y sentir alguien que llega con una urgencia penal, y qué necesita ver y sentir alguien que está decidiendo, con calma, a quién confiar la sucesión de su familia. Son necesidades distintas, y tratarlas como si fueran la misma es, probablemente, el error de presencia digital más extendido y menos discutido del sector.

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Rubén Bernedo

Asesor fiscal con más de diez años de experiencia en el asesoramiento a empresas, autónomos y particulares en materia tributaria. A lo largo de su trayectoria ha trabajado en la planificación fiscal, el cumplimiento de obligaciones tributarias y la resolución de procedimientos ante la Administración, ayudando a sus clientes a tomar decisiones con seguridad jurídica y una visión estratégica. Su actividad profesional se centra en el análisis de la actualidad fiscal y en el impacto práctico de los cambios normativos sobre empresas y contribuyentes. Como colaborador de Portal Legal, comparte reflexiones y opiniones sobre fiscalidad, gestión empresarial y la evolución del marco tributario, con un enfoque claro, riguroso y orientado a la realidad del ejercicio profesional.